1. The Estate of Julio Miguel Orlandini-Agreda, 2. Compañía Minera Orlandini Ltda v The Plurinational State of Bolivia PCA Case 2018-39 - Orden Procesal No 12 - 01 April 2021
Country
Year
2021
Summary
...
IV. Análisis
27. El Tribunal observa que en su OP 1, sección 11, ordenó lo siguiente:
11.1 Las Partes tendrán la obligación de presentar una notificación escrita revelando que gozan de financiamiento por terceros para cubrir los costes de este arbitraje y el nombre de dicho tercero financiador. Esta notificación deberá enviarse al Tribunal Arbitral una vez se celebre el acuerdo de financiamiento por terceros.
11.2 Cada Parte tendrá la obligación permanente de revelar cualquier cambio en la información a la que se hace referencia en la sección 11.1 que tenga lugar después de la revelación inicial, lo cual incluye la resolución o rescisión del acuerdo de financiamiento.
28. En respuesta a la solicitud del Demandado, las Demandantes han confirmado que no hay ningún acuerdo de financiamiento por terceros, ya sea por escrito o verbalmente, con un tercero financiador. A la luz de esa declaración, el Tribunal concluye que las Demandantes están cumpliendo con la sección 11 de la OP 1.
29. El Tribunal no considera que deba requerirse a las Demandantes que revelen, a estas alturas, los acuerdos con sus abogados sobre pagos y facturación. Tales acuerdos podrían volverse relevantes en la etapa en la que el Tribunal tenga que decidir sobre la asignación de las costas y los honorarios de representación legal.
30. El Tribunal observa que la solicitud del Demandado de que las Demandantes revelen la identidad de las personas o entidades que han cubierto los costes y honorarios de las Demandantes en este arbitraje se ha tornado abstracta, en lo que respecta a esta Solicitud, debido a la confirmación de las Demandantes de que no hay ningún acuerdo de financiamiento con un tercero financiador.
V. Decisión
31. El Tribunal:
(i) Toma nota de la declaración de las Demandantes de que no hay ningún acuerdo de financiamiento, ya sea por escrito o verbalmente, con un tercero financiador.
(ii) Rechaza el resto de peticiones incluidas en la Solicitud del Demandado. Sede del Arbitraje: París, Francia
...